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Derecho a una Cuenta Bancaria de Pago Básica con Pasaporte (RDL 19/2018)
Los bancos en España están obligados por ley a abrir una cuenta básica a cualquier persona con su pasaporte, aunque se encuentre en situación irregular.
Requisitos
- Presentar documento de identidad en vigor: Pasaporte original del país de origen.
- Residir legal o efectivamente en la Unión Europea (no es obligatorio permiso de residencia).
- No ser titular de otra cuenta bancaria en España que permita realizar los mismos servicios.
- En caso de vulnerabilidad económica acreditada por Servicios Sociales o Cáritas/Cruz Roja, la cuenta es completamente GRATUITA sin comisiones de mantenimiento.
Coste
Gratuito
Confianza
100/100
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Fuente oficial · Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones — Trámites de extranjería por Internet · verificado hace 18 día(s) · ver fuente